Ya están publicadas las Bases y Condiciones del programa de Cash Rebate que lanzó el Gobierno de Córdoba para fomentar la industria audiovisual.
El objetivo del “Córdoba Distrito Audiovisual” es el de promover la industria en toda la provincia, fomentando su desarrollo en tres dimensiones: artística, cultural y económica.
El “cash rebate” no es ni más ni menos que “el reembolso de gastos elegibles” mediante el cual se apoya la realización de producciones audiovisuales con financiamiento privado, en formatos como películas, series, documentales, videojuegos y publicidad.
Aunque el sector celebra el monto para fomento, el contexto actual de las diversas compañías es complejo. Por ejemplo, para que se devuelvan $250.000.000 (250 millones) hay que invertir más de 500 millones con el que hoy pocas industrias cuentan (y no sólo en Córdoba).
Los proyectos elegibles “incluyen actividades de preproducción, producción y postproducción audiovisual, siempre y cuando cumplan con los requisitos y condiciones establecidos”. Según lo establecido en las bases, el objetivo central es posicionar a Córdoba como un foco de interés cultural, audiovisual y turístico.
El anuncio realizado a fines de 2024 por el gobernador Martín Llaryora fue de $5.000.000.000 para el ejercicio actual (cinco mil millones de pesos). Para este primer llamado, entonces, será de la mitad. El segundo será en agosto.
Bases y condiciones a tener en cuenta para el cash rebate
Inversión mínima: los proyectos que se postulen deberán contar con una inversión mínima en la provincia de Córdoba, a saber:
- Largometrajes, series de ficción, documentales, cortometrajes, videojuegos: $100.000.000.
- Publicidad: $50.000.000
- Postproducción: $20.000.000
Los proyectos estarán subclasificados en categorías, según el importe de inversión en Córdoba. En todos los casos el porcentaje de reintegro es del 40%.
Para largometrajes / series de ficción (animación o vivo) / documentales / cortometrajes (solo animación) / videojuegos.
- Clase 1. Con una inversión de $500.000.000 o más, se puede obtener un tope de reintegro de $250.000.000 (el 40%).
- Clase 2. Con una inversión de $300.000.000 a $499.000.000, el tope de reintegro es de $150.000.000.
- Clase 3. Con una inversión de $100.000.000 a $299.000.000, el tope de reintegro es de $50.000.000.

Los datos y montos para posproducción
Para posproducción, el tope también es de 40%, pero los montos son otros.
- Clase 1. Con una inversión de $100.000.000 o más, el tope de reintegro es de $50.000.000.
- Clase 2. Con una inversión de $50.000.000 a $99.000.000, el tope de reintegro es de $25.000.000.
- Clase 3. Con una inversión de $20.000.000 a $49.000.000, el tope de reintegro es de $10.000.000.
Se especifica que cuando la compañía postulante realice un servicio de producción (todos los formatos y contenidos) o un servicio de producción externa (videojuegos), el porcentaje máximo de reintegro será del 30%.
Tratándose de proyectos de publicidad, el porcentaje máximo de reintegro será el equivalente a un 20%. Cuando dichos proyectos sean rodados en más del 50% en zonas ubicadas fuera del ejido municipal de la ciudad de Córdoba Capital, dicho porcentaje se incrementará en un 5% más, siempre que dicha circunstancia sea acreditada. La inversión mínima en proyectos de contenido publicitario será de $50.000.000.
La autoridad de aplicación tiene la posibilidad de establecer cupos por categoría, o incrementarlas en hasta un 30% mediante resolución fundada.
Cupos activos de proyectos en bases y condiciones
Los beneficiarios podrán tener determinados cupos activos por llamado, los que serán analizados por categorías de proyectos:
Categoría A
- Hasta dos (2) cupos activos como productora postulante.
- Hasta dos (2) cupos activos como productora asociada de manera solidaria o simplemente mancomunada. Deberá acompañarse copia del contrato de asociación.
Categoría B
- Hasta dos (2) cupos activos por productora, como postulante o productora asociada, siempre que el proyecto beneficiario no tenga cupo activo en producción, que incluya la etapa postproducción.
Los cupos activos son contabilizados por categoría. No son excluyentes entre diferentes categorías. Además, podrán ser renovados al momento en que el beneficiario realice la rendición de gastos, conforme lo establecen las bases y condiciones, y la autoridad de aplicación efectúe el reintegro de gastos.
Quiénes se pueden postular en Córdoba Distrito Audiovisual
El programa está destinado a las “personas jurídicas nacionales, constituidas en la República Argentina, que presenten proyectos de producción audiovisual, en todos los formatos, géneros y contenidos contemplados, que cumplan con las presentes bases y condiciones”.
Estos son los requisitos:
- a) Ser persona jurídica constituida en la Argentina, habilitada por los organismos correspondientes para desarrollar actividades dentro de su territorio de acuerdo al régimen jurídico vigente, y cuyo objeto social esté relacionado con actividades audiovisuales.
- b) Tener al menos dos (2) años consecutivos de actividad económica continua en Córdoba, comprobable mediante constancia de inscripción en el impuesto a los ingresos brutos. La Actividad principal debe ser audiovisual o similar, y servicios de informática o similar para postulantes de videojuegos.
- c) Encontrarse inscripta en Arca cuya actividad principal esté relacionada con los servicios de producción audiovisual. En el caso de videojuegos, los postulantes deberán tener como actividad principal Servicios de Informática, de Consultores en Informático y Suministros de Programas de Informática, o afines.
Incompatibilidades del Cash Rebate
No podrán inscribirse personas jurídicas “con deudas exigibles de carácter fiscal y/o previsional; o cuando posean una sentencia judicial o decisión administrativa firme que declare el incumplimiento en materia aduanera, cambiaria, impositiva, o previsional imponiendo a dichas empresas el pago de impuestos, derechos, multas o recargos y siempre que no se haya hecho efectivo dicho pago”.
Tampoco las personas jurídicas inhibidas, en concurso preventivo o declaradas en estado de quiebra.
No podrán participar las personas jurídicas “cuyos representantes y/o directores hubiesen sido condenados por cualquier tipo de delito doloso, con penas privativas de la libertad o inhabilitación, mientras no haya transcurrido un tiempo igual al de la condena.
Tampoco quienes no se estén al día con sus obligaciones estatutarias y societarias que por ley correspondan.
No podrán presentar solicitudes en carácter de titular y/o integrante de un postulante ni de proyectos en los que participen, de cualquier forma:
- Los agentes y/o funcionarios pertenecientes a la Provincia de Córdoba, en carácter de representantes de los postulantes.
- Cuando un miembro del comité evaluador esté vinculado con la postulante o el proyecto, sea por parentesco de conformidad a la normativa vigente, por mantener una relación laboral de dependencia o societaria o bien como productora, coproductora, asociada, o brindando servicios de productor cumpliendo funciones jerárquicas, deberá apartarse y no intervenir en la evaluación del proyecto, convocándose a su suplente a esos efectos.
Metodología para la inscripción
Podrán solicitar la inscripción quienes cumplan las condiciones establecidas, entre el 10/03/2025 y hasta el 07/04/2025, inclusive. Será a través del siguiente formulario habilitado. Allí se ingresa y se adjunta la documentación dentro del plazo previsto para ello.
Para proyectos de publicidad, la modalidad será mediante ventanilla permanente hasta agotar disponibilidad presupuestaria.
La oficina audiovisual analizará la información y documentación aportada pudiendo solicitar, por única vez, documentación y/o información respaldatoria y/o complementaria en caso de estimarlo pertinente, otorgándole un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para subsanarlo.
Cuando los mismos no se hayan cumplimentado, se declarará al proyecto inadmisible. La oficina audiovisual notificará al domicilio electrónico constituido la aceptación o el rechazo de su solicitud de inscripción.
La inscripción es condición necesaria para aplicar a los beneficios del programa, pero no implica por sí el otorgamiento de algún beneficio ni generará derecho alguno a acceder a ellos, ni aún en grado de expectativa.
Los postulantes deberán mantener actualizada la información declarada al momento de la inscripción y durante todo el trámite.
Las dudas o consultas formuladas por los participantes podrán ser enviadas al correo electrónico: [email protected]
Las bases completas, en este enlace.